EXEQUÁTUR DE DIVORCIO

¿Necesitas un abogado en Perú, para tu proceso judicial de reconocimiento de sentencia extranjera – exequátur de divorcio?
Nosotros te asesoramos a fin de que se reconozca en el Perú tu sentencia de divorcio extranjero, a través del proceso de homologación y/o reconocimiento de sentencias extranjeras, denominado exequátur de divorcio; comunicate con abogados peruanos los 365 días del año al +51 996-100-946.
¿QUE ES EL PROCESO DE EXEQUÁTUR DE DIVORICIO?
El exequátur de divorcio, homologación y/o reconocimiento de sentencia extranjera de divorcio es el proceso judicial por el que se reconoce y otorga eficacia en el Perú a una sentencia extranjera de divorcio; proceso en el cual la Sala de Familia-Civil revisa que la sentencia extranjera cumpla con los requisitos legales de nuestro país, a efectos de que no se contravenga el orden público y las buenas constumbres, antes de autorizar su reconocimeinto en el Perú.
Somos abogados peruanos presenciales y virtuales a tu servicio los 365 días del año.
¿DONDE SE LLEVA A CABO EL PROCESO DE EXEQUÁTUR DE DIVORCIO
En el Perú el proceso de reconocimiento de sentencia extranjera – exequátur de divorcio se lleva a cabo en un proceso judicial ante la Sala de Familia-Civil, es decir, ante jueces superiores, a efectos de validar una sentencia de divorcio emitida en el extranjero, todo a efectos de que se inscriba en los registros civiles de la RENIEC/SUBARP tu divorcio; es un proceso en efecto de homologacion donde se va verificar que la sentencia extranjera cumpla con requisitos jurídicos a fin de que en el Perú tenga plena eficacia legal. Somos abogados peruanos presenciales y virtuales a tu servicio los 365 días del año.
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REQUISITOS PRINCIPALES
- Copia certificada de la partida de matrimonio, actual, extendida por RENIEC.
- Sentencia original de divorcio debidamente legalizada ante el Consulado peruano, la misma que deberá de ser legalizada ante el área de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú o contar con la Apostilla de La haya para tener validez en el Perú.
- Contancia de Firmeza y/o cosa juzgada, debidamente legalizada ante el Consulado peruano, la misma que deberá de ser legalizada ante el área de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú o contar con la Apostilla de La haya para tener validez en el Perú.
- Traducción Oficial de los documentos 2 y 3 de encontrarse en idioma diferencia al castellano.
- Copia del DNI del demandante(s) vigente.
- Poder Especial Vigente inscrito en los Registros Públicos del Perú, de no poder encontrarse el interesado en el país.
- Tasa Judicial por ofrecimiento de prueba y cédulas de notificación, etc.
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OTROS REQUISITOS SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL PERUANO CON APUNTES
Artículo 2104.- Requisitos para Exequatur
Para que las sentencias extranjeras sean reconocidas en la República, se requiere, además
de lo previsto en los artículos 2102 y 2103.
1. Que no resuelvan sobre asuntos de competencia peruana exclusiva (la sentencia extranjera de divorcio, donde las partes constituyeron su último domicilio conyugal en Perú, cumple con requisito de competencia normativa para su reconocimiento vía execuátur de divorcio).
2. Que el tribunal extranjero haya sido competente para conocer el asunto, de acuerdo a sus normas de Derecho Internacional Privado y a los principios generales de competencia procesal internacional.
3. Que se haya citado al demandado conforme a la ley del lugar del proceso; que se le haya concedido plazo razonable para comparecer; y que se le hayan otorgado garantías procesales para defenderse.
4. Que la sentencia tenga autoridad de cosa juzgada en el concepto de las leyes del lugar del proceso; siendo el último domicilio conyugal en Perú, cumple con el requisito de competencia.
5. Que no exista en el Perú juicio pendiente entre las mismas partes y sobre el mismo objeto, iniciado con anterioridad a la interposición de la demanda que originó la sentencia.
6. Que no sea incompatible con otra sentencia que reúna los requisitos de reconocimiento y ejecución exigidos en este título y que haya sido dictada anteriormente.
7. Que no sea contraria al orden público ni a las buenas costumbres.
8. Que se pruebe la reciprocidad.
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APOSTILLA DE LA HAYA
Es el trámite de legalización única que consiste en colocar sobre el documento público una apostilla o anotación que certifica la veracidad de los documentos públicos expedidos en otro país; Solo se reconoce la autenticidad de los documentos expedidos por paises miembros del Convenio de la Apostilla de La Haya.
A través de la Resolución Legislativa 29445 el Perú aprobó la adhesión al «Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros» también conocido como Convenio de la Apostilla de La Haya (05 de octubre 1961). Una vez cumplido los plazos exigidos, el convenio entró en vigencia para el Perú el 30 de setiembre de 2010.
Link de los paises miembros https://www.hcch.net/es/states/hcch-members
PREGUNTAS FRECUENTES
¿El divorcio extranjero es válido automáticamente en Perú?
No. Debe ser reconocido judicialmente mediante exequátur en el Perú.
¿Cuánto demora el proceso judicial?
Generalmente entre 6 meses y 1 año, pero todo depende de la carga judicial de la Sala.
¿Necesito abogado?
Sí. Es un proceso judicial obligatorio con patrocinio legal.
¿Puedo volver a casarme sin exequátur?
No. Legalmente seguirás casado en Perú.
¿Qué pasa si mi ex cónyuge vive en otro país?
El proceso puede realizarse igual, cumpliendo formalidades de notificación vía exhorto.
¿Qué documentos son indispensables?
Sentencia apostillada, firmeza, traducción oficial y partida de matrimonio son los principales requisitos.
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Contamos con amplia experiencia a fin de que se reconozca en el Perú tu sentencia de divorcio extranjera, a través del proceso de reconocimiento de sentencias extranjeras, denominado exequátur de divorcio; comunicate con nosotros al +51 996-100-946.